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Judicial

 

ÁREAS DE ACTUACIÓN

Nuestra Firma desarrolla los servicios de asesoramiento y actuación judicial en todas las áreas del Derecho Civil, Mercantil, Laboral, Administrativo y Penal, valiéndose para ello de los profesionales más válidos y eficientes tales como Procuradores de los Tribunales, Peritos, compañeros Abogados colaboradores y otros profesionales asesores externos vinculados al ejercicio de la abogacía y la empresa.

 

Nuestra postura, siempre y cuando el cliente y la situación lo permita, es evitar la confrontación en el seno de un procedimiento judicial, pues suele ser largo y costoso. Sin embargo, una vez decidida esta vía defenderemos sus intereses como si fueran los propios, asesorándole en todo momento de los pros y contras del mismo, costes y consecuencias posibles. La transparencia e información al cliente es una de nuestras banderas más importantes. 

Tras la primera consulta le enviaremos uno o varios presupuestos sobre las posibles vías de actuación para elegir el más adecuado a su situación. 

RECLAMACIONES BANCARIAS. AVALES PROMOTORAS

Derivado de la crisis financiera e inmobiliaria que arrasó España desde el 2007-2008, multitud de personas y familias nacionales y extranjeras perdieron sus ahorros al haberlos entregado a promotoras para la compra de su vivienda habitual o segunda residencia, pues éstas se vieron abocadas al concurso de acreedores y liquidación.

Muchos ganaron los costosos y largos juicios contra los promotores pero el resultado es que no había dinero, la empresa estaba en quiebra.

En muchos casos estas promotoras como también las entidades financieras que les financiaban o simplemente donde tenían las cuentas bancarias que utilizaban para recibir las entregas a cuenta de los compradores y para el pago de proveedores, incumplieron su obligación de garantizar y exigir tal garantía al promotor, tal y como establecía la Ley 57/1968

Esto provocó numerosa jurisprudencia que finalmente desembocó en el establecimiento de la Doctrina Jurisprudencial dictada por el Tribunal Supremo que hacía responsables solidarias a las entidades financieras que , a sabiendas de la actividad desarrollada por las promotoras y del destino de las cantidades recibidas en la cuentas bancarias de éstas, sin embargo no exigieron la creación de una cuenta especial y la emisión de avales bancarios que garantizaran las mismas.

El 28 de Diciembre de 2020 termina el plazo para la reclamación de estas cantidades a las entidades bancarias, por lo que si usted tiene intención de aprovechar esta última oportunidad de recuperar su dinero no dude en contar con nuestra experiencia y servicios, ajustando nuestros honorarios a su situación.

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